Canal del Informante
Savia fomenta una cultura de integridad en la toma de decisiones y adopta una política de tolerancia cero hacia comportamientos que se separen de los valores y principios corporativos incluidos en su Código de Conducta, el cual es una referencia absoluta en las relaciones con todos los grupos de interés.
Para ello, Savia pone a disposición de empleados, personas pertenecientes al órgano de administración, dirección, proveedores o terceros con los que SAVIA mantenga o haya mantenido una relación laboral o profesional, un Canal para la recepción de comunicaciones relacionadas con presuntos incumplimientos del Código de Conducta, las Políticas de SAVIA, así como la normativa interna y/o externa, y que se hayan podido conocer en el marco de dicha relación laboral o profesional.
Savia garantiza la máxima confidencialidad en los procesos de investigación de las comunicaciones recibidas, protegiendo la identidad del informante y de la persona afectada y su reputación, informando tan solo a las personas estrictamente necesarias en el proceso.
Savia agradece tu colaboración en la prevención y detección de posibles conductas irregulares, ilícitas o delictivas, para ayudar a mantener los valores y principios corporativos.
Preguntas frecuentes
1. ¿Cuál es el fin del Canal del Informante de Savia?
El Canal del Informante busca integrar los distintos canales internos de información que pudieran existir en Savia para comunicar una presunta conducta irregular, ilícita o delictiva que se haya podido conocer en el marco de una relación laboral o profesional con Savia, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (“Ley 2/2023”).
El Canal del Informante está gestionado por una empresa externa de referencia, que cuenta con todas las medidas técnicas y de seguridad adecuadas que garantizan la máxima confidencialidad de las comunicaciones recibidas a través del mismo, la identidad del informante y de cualquier tercero mencionado, el tratamiento de la información y de su investigación, así como la licitud del tratamiento de datos personales de conformidad con la normativa vigente, impidiendo el acceso a personas no autorizadas.
2. ¿Quién puede hacer uso del Canal del Informante de Savia?
Empleados, personas pertenecientes al órgano de administración, dirección o supervisión de Savia, autónomos, personas con una relación laboral o estatutaria ya finalizada, voluntarios, becarios, trabajadores en periodos de formación, así como a aquellos cuya relación laboral todavía no haya comenzado -en los casos en que la información sobre infracciones haya sido obtenida durante el proceso de selección-, y proveedores, que sospechen de la existencia de alguna actuación presuntamente irregular, ilícita o delictiva en la operativa de Savia que hayan podido conocer en el marco de una relación laboral o profesional con Savia.
3. ¿Qué se puede comunicar a través del Canal del Informante de Savia?
Los comportamientos en la operativa de Savia que deben comunicarse son aquellos que vulneren lo establecido en el Código de Conducta, en las Políticas de Savia, así como en la normativa interna y/o externa y que se hayan conocido en el marco de una relación laboral o profesional.
Quedan expresamente excluidas de este Canal:
- Las comunicaciones relativas a reclamaciones laborales que estén relacionadas con la organización de los Centros Savia, con la operativa del día a día, condiciones laborales o sobre conflictos interpersonales, siempre que no supongan infracciones de la legalidad, pudiendo presentarlas a través de los cauces habituales previstos en Savia.
- Las quejas o sugerencias de residentes y familiares, pudiendo formularlas a través del siguiente apartado de la web
4. ¿Qué garantías ofrece el Canal del Informante?
A través de este Canal, Savia busca garantizar la protección del informante asegurando la confidencialidad, proporcionalidad, respuesta diligente, preservación de la identidad, conservación y eliminación de datos, presunción de inocencia, derecho de audiencia, entre otras garantías.
Las comunicaciones relativas a acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea (según lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de la Ley 2/2023), así como las acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave, gozarán de medidas especiales de protección previstas en la citada Ley.
Las comunicaciones malintencionadas o abusivas realizadas por aquellos que comuniquen de manera deliberada y consciente información incorrecta o engañosa no gozarán de la protección y garantías aquí descritas.
5. ¿A través de qué medios se puede presentar una comunicación?
La comunicación de un comportamiento presuntamente irregular, ilícito o delictivo conocido en el marco de una relación laboral o profesional se debe hacer preferentemente a través de este Canal del Informante, pudiendo realizar la comunicación por escrito u oralmente. En el caso de grabaciones por voz, el informante tendrá la opción de distorsionar la voz.
En cualquier caso, el informante dispondrá de los siguientes Canales Externos de Información:
- Comunicación a través del Canal Externo de Información de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, o a través de las autoridades u órganos autonómicos. Los derechos, garantías y el procedimiento a seguir serán los descritos en el Título III de la Ley 2/2023.
- Reclamación ante la jurisdicción administrativa, civil, laboral o penal, según corresponda.
6. ¿Hace falta identificarse?
Se podrá realizar la comunicación en este Canal del Informante, identificándose o de manera anónima, garantizándose en todos los casos la confidencialidad de la comunicación recibida, así como de la documentación que se genere en el curso de la investigación, cuando proceda.
7. ¿Quién recibe las comunicaciones?
Las comunicaciones llegan directamente al Responsable del Sistema Interno de Información, de manera totalmente segura y confidencial, quien evaluará el contenido de las mismas.
Esta persona será la encargada de llevar a cabo las investigaciones y de presentar las conclusiones al órgano competente para resolver.
Si durante la investigación se detecta que existe alguna persona con conflicto de intereses, quedará excluido de todo el proceso.
En algunos casos, será necesario el acceso de terceras personas cuando resulte ineludible para el mejor curso de la investigación, la adopción de medidas disciplinarias, o la tramitación de los procedimientos judiciales que en su caso procedan.
8. ¿Cuánto se tarda en dar una respuesta?
En un plazo máximo de 7 días desde la recepción de la comunicación, el Responsable del Sistema Interno de Información realizará un acuse de recibo de la comunicación al informante.
Si se concluye que procede abrir la investigación, el informante recibirá una respuesta en un plazo razonable, que no será superior a 3 meses desde la recepción del acuse de recibo de la comunicación, salvo casos de especial complejidad que requieran una ampliación del plazo, en cuyo caso, este podrá extenderse hasta un máximo de otros 3 meses adicionales.
9. Si el informante recuerda algo importante sobre la conducta presuntamente irregular, ilícita o delictiva o el Responsable del Sistema Interno de Información necesita resolver alguna cuestión; ¿cómo se procede?
La comunicación con el Responsable del Sistema Interno de Información al objeto de actualizar la información y documentación del proceso se llevará a cabo a través de la plataforma a la que se accede a través del Canal del Informante disponible en la web de Savia.
Cuando el informante formula una comunicación podrá hacer seguimiento de la misma accediendo a la plataforma con la contraseña asignada, pudiendo ver el estado de su comunicación, proporcionar información adicional, o comunicarse directamente con el Responsable del Sistema Interno de Información. Si el informante ha indicado un correo electrónico, a través del mismo recibirá las notificaciones con los cambios relevantes que se hayan producido en la gestión de la comunicación efectuada.